A todos os sonará que últimamente andan los Agentes Forestales de la Comunidad de Madrid un poco “alteraítos” por las “medidas urgentes”que nuestra señora presidenta (la Aguirre) trata de implantar para la “modernización del Gobierno y la Administración de la CM” (Proyecto de Ley 1/2007) (ja, me río!) y que los afecta a ellos gravemente como trabajadores y al resto porque nos arrebata nuestro “derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado” (art. 45 de la Constitución Española - olé toma ya!!! ¿no les gusta tanto a los pperos mentar la Constitución???).
Os explico un poquito (es un poco largo, paciencia):
1. La mayor parte del terreno forestal de la CM, un 75 %, es de titularidad particular. El resto se reparte: un 14% es de Entidades Locales, un 7% propio de la CM y el 4% restante pertenece al Patrimonio Nacional (como es el caso del Pardo, Cuelgamuros o la Herrería).
2. La Ley 16/1995, de 4 de mayo, de protección forestal y de la naturaleza de la CM dice lo siguiente: Art. 100. apdo 3º: “Los Agentes Forestales, tendrán la consideración de Agentes de la autoridad, y podrán acceder a los montes o terrenos forestales con independencia de quien sea su titular. A los efectos de los correspondientes procedimientos para las imposiciones de sanciones, los hechos constatados por este personal que se formalicen en la correspondiente acta tendrán valor probatorio, sin perjuicio de las pruebas que en defensa de sus derechos o intereses puedan señalar o aportar los interesados”.
Osea, todos los montes, sean de titularidad pública o privada, han de cumplir la Ley… Los ríos o los montes son patrimonio de todos. Por tu finca puede pasar un río o formar parte de un terreno forestal, pero no por ello puedes hacer lo que te de la gana… es lógico, ¿no?? No puedes cortar los árboles sin permiso, no puedes cazar porque sí, no puedes hacer fuego, construir un palacio… y los Agentes Forestales velan porque dicha ley se cumpla.
3. La Ley 1/2002, de 27 de marzo, por la que se crea el cuerpo de Agentes Forestales de la CM dice en su artículo 6. que, “El cuerpo de Agentes Forestales tiene la consideración de Policía Administrativa Especial, y sus integrantes ostentarán el carácter de Agentes de la Autoridad, cuando presten servicio en el ejercicio de sus funciones, para todos los efectos legalmente procedentes”.
4. Pues bien, Esperanza Aguirre y su equipo de “inteligentes” han decidido cambiar el apdo. 3º del Art. 100 de la Ley 16/1995, añadiendo lo siguiente: “Los Agentes Forestales requerirán de autorización judicial para acceder a los montes o terrenos forestales de titularidad privada, salvo que el acceso se produzca en ocasión de la extinción de incendios forestales” y deroga expresamente el artículo 6 de la Ley 1/2002.
Así pues… un Agente Forestal no podrá denunciar los hechos que esté contemplando con sus ojitos, delante de sus narices, si están ocurriendo en un terreno forestal privado, véase, barbacoa en pleno verano en la finca de los Botín, caza ilegal incluso de especies protegidas en la finca de los Aguirre… etc. A partir de ahora, tendrá que teletransportarse a algún juzgado para pedir a un juez la autorización que les permita entrar en el ¡75 %! de los terrenos forestales y pillar a los terratenientes in fraganti… Eso sí, por dios!!! para apagar los incendios de esas “finquitas” con el dinero de todos…por favor, ¿cómo no van a poder entrar?
Además, con esto, los Agentes Forestales, famosos por sufrir todo tipo de agresiones por plantar cara a la gentuza que no tiene consideración por el medio ambiente ni por nada, ya no tendrían condición de Agentes de la Autoridad… je! Qué bien, Antiempresa, podrás pescar sin licencia, y que te digan misa!!! (jejejej!).
Y a todo esto… ¿Cuál es el fin de esta modificación? ¿de verdad con esto Esperanza Aguirre quiere modernizar el Gobierno y la Administración de la CM?? Por favor, que alguien me lo explique!!!
iRa (me viene al pelo el nombrecito)
P.D. otro día comentaremos otra de las grandes “medidas urgentes” que pretende adoptar nuestra presidenta referente a la modificación de la Ley 1/84 que define las incompatibilidades de los altos cargos de la CM para ejercer otras actividades… con esto ya si que me parto del todo.
Noticia de El Mundo: Los forestales se oponen a la Ley de Medidas Urgentes de Aguirre
Noticia de El País: Una nueva ley atiza el fuego entre Narbona y Aguirre
Actualización:
Hay varios blogs que ya se han hecho eco de una noticia que no tiene la relevancia politíca que debería:
De interés:
Publicado por otromadrid.org | 23/07/07 - 20:38 | 0 Comentarios
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